Dirección del trabajo posterga el Registro Electrónico Laboral

mayo 10, 2022

la Dirección del Trabajo, a través del Decreto Supremo N° 39 del 28.04.2022, amplió hasta junio de 2023 la entrada en vigencia del Registro Electrónico Laboral (REL) de la DT.

 

La nueva DT solicitó al Ministerio del Trabajo y Previsión Social postergar la entrada en vigencia de este instrumento tecnológico debido a los inconvenientes registrados en los últimos meses con las cargas masivas de la información en el REL, repositorio obligatorio de información laboral de uso de los empleadores (Ley 21.327- Modernización de la DT), lo que ha ocasionado intermitencia en el funcionamiento.

 

El Decreto Supremo establece los nuevos plazos para el cumplimiento de la obligación en el REL, quedando diferidos para 20 meses contados desde su publicación en el Diario Oficial.

 

El registro de la siguiente documentación queda diferido para junio de 2023:

 

  • Modificaciones y Terminaciones del contrato de trabajo.
  • Libro de Remuneraciones Electrónico.
  • Comité Paritario de Higiene y Seguridad
  • Comité Bipartito de Capacitación.
  • Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad.
  • Pactos especiales de Condiciones de Trabajo.
  • Sanciones en contra de los Trabajadores.
  • Instrumentos Colectivos de Trabajo.
  • Registro de Asistencia, Feriados, Licencias y Permisos del Trabajador.
  • Finiquito Laboral.
  • Sentencia Judicial en que se declare la Existencia de Empleador Único.

 

Es importante destacar la situación especial del registro de los contratos de trabajo, ya que esta postergación no alcanza a los contratos de trabajo, cuyo plazo no puede diferirse por estar expresamente consignado en la Ley Nro. 21.327.

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