SENCE modifica instrucciones y procedimientos para la presentación de documentos de Pre y Post Contrato

abril 26, 2023

Según la resolución de Sence N° 786, con fecha 16 marzo de 2023, se informa sobre las nuevas instrucciones y procedimientos para la presentación de documentos de Pre y Post contratos y evaluación de certificación de CCL (Competencias Laborales).

 

Recuerde que los datos obligatorios para el contrato de capacitación son:

 

  • Fecha suscripción del contrato de capacitación
  • Identificación de la empresa y representante
  • Identificación del participante
  • Identificación del curso
  • Fechas de inicio y término del curso
  • Módulo de práctica (si corresponde)
  • Duración
  • Firmas del participante y de la persona con facultad de firma de la empresa beneficiaria

 

 

Consideraciones:

 

 

  1. Acreditación de vulnerabilidad según dotación permanente

 

Si la empresa presenta una cantidad de precontratos igual o mayor al 10% de la dotación

permanente de la empresa, el 50% de los precontratos presentados deberán acreditar

vulnerabilidad según resolución, que establece los beneficiarios elegibles por las empresas para el

uso del precontrato, emitida año a año por el Director Nacional.

 

  1. ¿Cómo calcular la cantidad de precontratos que deben acreditar vulnerabilidad?

 

Si la dotación permanente de la empresa es de 100 trabajadores, podrá presentar hasta 9

precontratos sin acreditación de vulnerabilidad.

  • Si presenta 10, 5 deberán acreditar vulnerabilidad
  • Si presenta 20, 10 deberán acreditar vulnerabilidad

 

  1. II) Cálculo de la dotación permanente:

 

Para establecer la dotación permanente de la empresa, deberán considerarse para el cálculo del

año en curso, los contratos indefinidos y los contratos a plazo fijo iguales o superiores a 6 meses, de las trabajadoras y trabajadores de la empresa, sean a jornada parcial o completa, celebrados en dicho período.

Esta información debe ser entregada por parte de la empresa a través de su declaración jurada, documento que debe adjuntar a la presentación de los pre-contrato.

 

  1. B) Autorización Pre-contrato de menores de edad

 

Para los participantes desde 15 años y menores de 18 años, el pre-contrato deberá ser suscrito por

el participante, y madre, padre o tutor, además de la empresa beneficiaria.

En su defecto, podrá presentar una autorización simple de la madre, padre o tutor, adjuntando copia de las cédulas de identidad frontal de ambos (participante y tutor).

 

Nota: En caso de que el participante no cuente con su cédula de identidad, se respaldará la firma de éste en el contrato de capacitación con la copia de la cédula de la madre, padre o tutor. De igual forma, el contrato de capacitación debe estar suscrito por el participante, madre, padre o tutor y el representante de firma de la empresa.

 

 

  1. Firma del contrato de capacitación

El contrato de capacitación debe ser firmado por el Representante legal de la empresa, o bien el Gerente General de ésta, individualizando así en el pie de firma el RUT de la persona natural y el RUT de la empresa. En caso de que exista otra persona con poder de firma en la empresa, ésta o el OTIC deberá adjuntar dicho poder notarial a la documentación a presentar en la Dirección Regional.

Los contratos de capacitación deberán ser firmados tanto, por el representante de la empresa como por el participante, si éste no cuenta con firma, deberá colocar su huella digital. En caso de que las personas presenten firma electrónica avanzada, no será requerido la copia de la cédula de identidad, según la resolución exenta Nº 355 del 19 de enero de 2022.

 

Por último, en relación con el firmante que representa a la empresa, éste debe ser el mismo que se indicó en el primer párrafo del contrato de capacitación.

 

Importante: Los contratos de capacitación que sean firmados a mano alzada (firma manual), o con firma electrónica simple, deberán presentar la copia de la cédula de identidad por la parte frontal, para corroborar la identidad de la persona, de tal forma de salvaguardar la identidad del mismo.

 

  1. D) Participantes privadas de libertad

 

Para aquellos participantes que se encuentran privados de libertad, y que no cuenten con su cédula de identidad vigente, se requerirá la presentación de una declaración simple emitida por el alcaide del recinto penitenciario, identificándose con su RUT, nombre y timbre. A su vez, deberá adjuntar copia de la cédula de identidad por la parte frontal. En este documento se debe individualizar a las personas que se capacitarán con su RUT, nombre y apellidos.

Lo anterior, no exime de la presentación del contrato de capacitación, el cual debe ser firmado por

el participante y la empresa.

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