Cuenta Regresiva: Empresas tienen hasta el 31 de enero para acreditar a su Gestor de Inclusión Laboral

enero 22, 2026

En el marco del cumplimiento de la normativa vigente sobre inclusión en el país, las empresas chilenas enfrentan un hito clave este mes. El próximo 31 de enero de 2026 vence el plazo para que las organizaciones informen a la Dirección del Trabajo (DT) sobre el cumplimiento de la Ley 21.275, la cual exige contar con un Gestor de Inclusión Laboral certificado.

Esta figura no es solo un requisito administrativo, sino una pieza fundamental para garantizar que la incorporación de personas con discapacidad al mercado laboral sea efectiva, sostenible y basada en un enfoque de derechos.

¿Quién es y qué hace un Gestor de Inclusión?

Más allá de cumplir con una cuota, el Gestor de Inclusión Laboral es un profesional experto competente para coordinar el diagnóstico, planificación y gestión de los procesos de inclusión dentro de la organización.

Su rol trasciende la contratación; es el encargado de asegurar un cambio cultural, gestionando planes de capacitación y promoviendo políticas que derriben barreras actitudinales y del entorno. Su objetivo principal es garantizar la igualdad de oportunidades y la no discriminación.

¿A quiénes aplica la normativa?

La exigencia es obligatoria para todas aquellas empresas que cuenten con 100 o más trabajadores. Cabe destacar que esta medida es complementaria a la Ley de Inclusión (21.015) que exige la reserva del 1% de la dotación para personas con discapacidad. El Gestor es quien articula que ese 1% tenga una experiencia laboral plena y digna.

La Ruta de la Certificación: Competencias sobre Títulos

Una de las dudas más frecuentes es el perfil académico requerido. La normativa chilena es innovadora en este aspecto: no exige una profesión universitaria específica, sino la demostración de competencias.

Para obtener la certificación válida, el profesional debe:

  1. Acudir a un centro acreditado: Inscribirse en un centro de evaluación y certificación autorizado por ChileValora.
  2. Rendir la evaluación: Someterse a una prueba de competencias laborales que mide conocimientos técnicos y habilidades blandas necesarias para el cargo.
  3. Aprobación: Una vez aprobado el examen, el profesional recibe la certificación oficial que lo habilita para ejercer el rol ante la ley.

El Plazo Final: Urgencia y Cumplimiento

Aunque la obligación legal de tener contratado a este experto entró en vigencia el 1 de noviembre de 2022, el proceso de reporte anual es crítico.

Las empresas deben acreditar su cumplimiento y subir la información correspondiente (contratos vigentes y certificación del gestor) en el portal MiDT de la Dirección del Trabajo antes del 31 de enero de 2026. El no cumplimiento de esta comunicación electrónica puede derivar en multas y fiscalizaciones.

El llamado a las empresas: Se insta a los departamentos de Recursos Humanos y Gerencias Generales a revisar el estado de su cumplimiento antes de la fecha límite, entendiendo que la inclusión laboral no es solo un mandato legal, sino una estrategia que enriquece el talento y la diversidad de las compañías en Chile.

Recuerda que partir del 1 de febrero no solo debes cumplir con la certificación del gestor laboral indicado en la ley 21.275, sino que además es necesario la comunicación electrónica obligatoria respecto a la ley 21.015.

Por ello en el Otic del comercio queremos invitarle al conversatorio de la ley 21.015 organizado por fundación Tacal, este viernes 23 de enero a las 10am online.

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