CAMBIO EN LA COMPOSICIÓN DE LA TASA DE MUTUALIDAD.
Desde las remuneraciones de enero de 2018, empleadores e independientes deberán pagar a la Mutualidad la tasa de cotización básica de 0,90%, la cotización adicional que les corresponda, la tasa extraordinaria de 0,015% y la tasa de 0,015% por concepto de Ley Sanna.
La Ley que establece el Seguro para el Acompañamiento de Niños y Niñas que padezcan enfermedades graves (Ley SANNA) es una normativa que permite a los padres trabajadores acompañar y cuidar a los menores con enfermedades graves por un periodo de tiempo, en el que percibirán ayuda económica del mencionado seguro para no ver mermados sus ingresos, objetivo de la ley SANNA.
De esta manera, a partir de las remuneraciones de enero de 2018, y debido a la redistribución indicada por la Ley N° 21.010, empleadores e independientes deberán pagar a la mutualidad las siguientes tasas:
- Cotización básica de 0,90%
- Cotización adicional correspondiente
- Cotización extraordinaria 0,015%
- Cotización Ley SANNA 0,015%
La tasa correspondiente a Ley SANNA, se debe pagar a todo evento, incluso si la persona beneficiada se encuentre con licencia médica.
Todo cálculo se realiza sobre las remuneraciones imponibles.
Es importante considerar que la tasa del 0,03% tendrá una transición desde cotización extraordinaria hacia la Ley SANNA, como indica el siguiente cuadro:
Año | Ley N° 16.744 | Ley N° 21.010 | ||
Cotización Básica | Cotización Adicional por Actividad Económica | Cotización Extraordinaria | (SANNA) | |
2018 | 0,90% | Determinada por aplicación del D.S N° 67 o D.S N° 110 | 0,015% | 0,015% |
2019 | 0,90% | Determinada por aplicación del D.S N° 67 o D.S N° 110 | 0,01% | 0,02% |
2020 | 0,90% | Determinada por aplicación del D.S N° 67 o D.S N° 110 | 0,00% | 0,03% |
¿A quiénes beneficia la Ley SANNA?
En términos generales a padres de hijos mayores de 1 año y menores de 18 años de edad, que estén afectado por una condición grave de salud y de alto riesgo vital. Ellos contarán con el beneficio de hacer uso de licencia médica hasta por 90 días, según sea el caso.
Si deseas, más información sobre las leyes, ingresa en los siguientes links:
- Ley 16.744– Establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
- Ley 21.010– Extiende y modifica la cotización extraordinaria y crea fondo Ley SANNA.
- Ley 21.063– Crea seguro para el acompañamiento de niños y niñas (Ley SANNA).