Programa Becas Laborales De Capacitación

Es un programa de carácter social, cuyo objetivo es aumentar la empleabilidad de personas en condiciones de vulnerabilidad. A través de la entrega de capacitación en oficios o acciones de formación continua de manera gratuita, los grupos vulnerables de beneficiarios, logran mejorar sus competencias laborales y se les facilita el acceso a un empleo, tanto para salida dependiente o independiente.

Los cursos se basan, principalmente, en estándares fijados por SENCE, en el catálogo nacional de planes formativos: https://sistemas.sence.cl/sipfor/Planes/Catalogo.aspx

 

Planes formativos: Se clasifican en 2 tipos

  • Técnicos, orientados al desarrollo de competencias para el desempeño de un oficio
  • Transversales, orientados al desarrollo de competencias básicas, socioemocionales y/o conductuales

 

FINANCIAMIENTO DEL PROGRAMA:

Remanentes de la Franquicia Tributaria: Recursos provenientes de los excedentes del uso la de Franquicia Tributaria de Capacitación por parte de las empresas. Recursos que pasan a ser fondos públicos al tercer año, administrados por el OTIC del Comercio en conjunto con SENCE.

Mandato Empresa Aportante: Conocida también como “Becas Mandato”.  Las empresas pueden destinar antes del último día hábil del mes de diciembre, todo o parte de los recursos de las cuentas de excedentes, al desarrollo de programas de becas laborales de capacitación y/o de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales.

 

POBLACIÓN OBJETIVO:

Se definen características del programa y poblaciones objetivos en las “Instrucciones Generales para el Programa Becas Laborales y define grupos vulnerables de beneficiarios para el año 2024”, aprobadas por Resolución Exenta N° 657 del 16.02.2024.

https://cdn-site.sence.gob.cl/sites/default/files/657_aprueba_instrucciones_generales_prog._becas_laborales_2024.pdf

 

INSTITUCIONES QUE PARTICIPAN EN EL PROGRAMA:

Entidades Requirentes (ER): son instituciones sin fines de lucro que pueden participar en los Fondos concursables como, fundaciones, corporaciones, cooperativas, comunidades o asociaciones indígenas, asociaciones gremiales, sindicatos y municipios. Así como también OTIC a nombre de sus empresas aportantes (habiendo definido la institución o público objetivo a beneficiar).

OTIC: Organismos Técnicos intermedios para capacitación que son las instituciones que administran los recursos del Programa Becas Laborales.

OTEC o Ejecutores: Organismos técnicos de capacitación vigentes en el registro nacional que mantiene el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo.

Universidades, Institutos Profesionales (IP) y Centros de Formación Técnica (CFT), o Ejecutores que se encuentren inscritos como OTEC en los términos dispuestos en el artículo 19 de la ley n°19.518.

 

¿Cómo funciona el Programa Becas Laborales?

  • Las Entidades Requirentes (ER) solicitan a SENCE que autorice el financiamiento de cursos de capacitación para sus usuarios/as o asociados/as. que deben pertenecer a la población objetivo del Programa. (Fondos Concursables).
  • Becas por Mandato, la empresa mandante o la institución beneficiaria definida por la empresa, levantan el plan de capacitación en conjunto con el OTIC, seleccionado la población objetivo, la cual debe estar dentro la población objetivo-definida por SENCE, cupos y tipo de cursos a desarrollar, el o los cual(es) dependerá(n) del monto destinado en mandato. Los cursos podrán ejecutarse a nivel nacional, en las comunas que la empresa mandante o institución determine.
  • A partir de la solicitud de autorización de financiamiento, SENCE, por una parte, evalúa las solicitudes de cursos de las Entidades que participan en el Fondo Concursable, seleccionando los cursos a financiar y por la otra, revisa las solicitudes de cursos presentadas en las otras líneas, (Fondos Regionales, Requerimientos Sociales y emergencia y Mandato) que en caso de presentar deficiencias técnicas deberán ser corregidas por dichas Entidades.
  • SENCE evalúa y selecciona las solicitudes de cursos a financiar y los distribuye a los OTIC para que sean licitados, y los ejecutores interesados (OTEC) presenten sus propuestas técnicas y económicas, de acuerdo con las bases administrativas definidas y aprobadas por SENCE.
  • Los Organismos Técnicos Intermedios (OTIC) licitan los cursos que SENCE selecciona y los adjudica a los Ejecutores (OTEC) conforme a las bases administrativas definidas por el SENCE.

No podrán participar del Programa, aquellos:

a)   Desertores injustificados de cualquier programa ejecutado en el marco de concursos públicos o licitaciones del Departamento de Capacitación a Personas durante el año anterior a la fecha de inicio del curso en el que se inscriben. (incluyendo el programa de Becas Laborales).

b)   Personas que se encuentren participando en un curso en ejecución en el marco de concursos públicos o licitaciones del Departamento de Capacitación a Personas (incluyendo el programa de Becas Laborales).

c)   Funcionarios Públicos.

d)   Trabajadores de las Empresas Adheridas al OTIC licitante.

e)   Trabajadores del OTIC o del Organismo Ejecutor que resulte adjudicado en la respectiva licitación.

f)   Estudiantes o egresados de la educación superior.