Modifican Circular sobre recuperación de crédito fiscal del IVA en caso de contribuyentes que emitieron factura a deudor en un procedimiento concursal de liquidación
El artículo 29 de la Ley N°18.591, modificado por la Ley N°20.720, señala que los contribuyentes del IVA, que se encuentren al día en el pago de dichos tributos, podrán utilizar como crédito fiscal el monto del impuestos que hayan recargado separadamente en facturas pendientes de pago emitidas a otros contribuyentes que tengan actualmente la calidad de deudor en un procedimiento concursal de liquidación (Quiebra) siempre que los tributos respectivos hayan sido declarados y enterados en arcas fiscales oportunamente.