SII declara término de giro masivo de contribuyente

SII declara término de giro masivo de contribuyente

Conforme lo señalado en el artículo 69 inciso final del Código Tributario cuando la persona, entidad o agrupación presente 36 o más períodos tributarios continuos sin operaciones y no tenga utilidades ni activos pendientes de tributación o no se determinen diferencias netas de impuestos, y no posea deudas tributarias, se presumirá legalmente que ha terminado su giro
¿Cómo se grava el uso de inmuebles por los socios de sociedad o sus hijos?

¿Cómo se grava el uso de inmuebles por los socios de sociedad o sus hijos?

La legislación tributaria ha considerado como gasto rechazado el beneficio que representa el uso, por parte de los socios de una sociedad, de un bien raíz de propiedad de esta última, se encuentra afecto al Impuesto Global Complementario o el Impuesto Adicional según corresponda, impuestos que se deben incrementar en un monto equivalente al 10% de las cantidades afectadas con ellos.
SII implementa medidas para apoyar a personas, micro, pequeños y medianos contribuyentes

SII implementa medidas para apoyar a personas, micro, pequeños y medianos contribuyentes

Con el objeto de apoyar a las personas, micro, pequeños y medianos contribuyentes, que están enfrentando dificultades asociadas a la situación que vive nuestro país, el Servicio de Impuestos Internos está implementando una serie de medidas que apuntan a facilitar la operación de estas empresas, además de flexibilizar las instrucciones relacionadas con la normativa tributaria vigente en materia de pérdidas de existencias o inutilización de documentación contable.
SII puede revisar actos relacionados con pérdida de arrastre que se encuentren prescritos si inciden en tributos anuales

SII puede revisar actos relacionados con pérdida de arrastre que se encuentren prescritos si inciden en tributos anuales

La justicia se pronunció respecto del límite que tiene el Servicio de Impuestos Internos (SII) para fiscalizar a los contribuyentes, Así la Segunda Sala de la Corte Suprema del 29 de octubre de 2019, Rol 36143-2017, indicó que tratándose de la determinación de un impuesto actual en que el contribuyente invoca un gasto, haciendo valer gastos o pérdidas de arrastre provenientes de ejercicios anteriores al amparo del artículo 31 de la Ley de Impuesto a la Renta, no procede que el Servicio, al exigir que se acrediten fehacientemente tales gastos o pérdidas, ejerza sus facultades fiscalizadoras para revisar impuestos prescritos, sino que solo puede controlar que los gastos que se hacen valer respecto de la determinación de un impuesto actual se encuentren justificados.
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