FACTURA QUE DEBERÁN EMITIR LAS EMPRESAS PORTUARIAS, TITULARES DE CONCESIONES PORTUARIAS Y SERVICIOS DE EXPORTACIÓN
El Servicio de Impuestos Internos a través del Oficio N° 2016 del 31 de julio de 2019, indicó que en la medida que las empresas portuarias hagan uso del beneficio de recuperación del Iva exportador, serán considerados exportadores para tales efectos, en consecuencia, para fines de documentar sus prestaciones, deberán emitir facturas de exportación.