SII: NO HAY IVA SI INMUEBLE NO ES ADQUIRIDO PARA REVENTA Y NO SE HACE USO DE CRÉDITO FISCAL

SII: NO HAY IVA SI INMUEBLE NO ES ADQUIRIDO PARA REVENTA Y NO SE HACE USO DE CRÉDITO FISCAL

A través del Oficio N° 1982 del 26 de julio de 2019, el Servicio de Impuestos Internos precisó que en la medida que el contribuyente pueda acreditar fehacientemente que los inmuebles no se adquirieron con ánimo de reventa, lo que en este caso podría comprobarse con el desarrollo de una actividad rentista y con la circunstancia de haber otorgado a éstos el tratamiento contable de activo fijo, entre otros antecedentes, su venta no se encontraría afecta al Impuesto al Valor Agregado por cuanto no existiría habitualidad en la operación, ni tampoco sería aplicable a su respecto el hecho gravado especial dispuesto en la letra m), del artículo 8 del D.L. N° 825, de 1974, en tanto el contribuyente no habría tenido derecho a crédito fiscal por su adquisición o construcción.
TESORERÍA CONCRETÓ DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS A CASI 2,7 MILLONES DE CONTRIBUYENTES

TESORERÍA CONCRETÓ DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS A CASI 2,7 MILLONES DE CONTRIBUYENTES

En el balance de la Operación Renta 2019, la Tesorería General de la República (TGR) informó que un total de 2.698.714 contribuyentes recibió devolución de excedentes, por un monto superior a $ 1,9 billón, lo que representa un incremento de 1,72% en número de contribuyentes y de 13,6% en montos, respecto de 2018. De ese total, 2.575.234 contribuyentes optaron por transferencia electrónica (95,42%), mientras que 123.480 recibieron su devolución por otros medios de pago (cheques y pago “cash” en cajas del Banco Estado).
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